Sistema interno de información
Canal de Denuncias
Comunique cualquier hecho que pueda ser constitutivo de una infracción penal o administrativa grave o muy grave, o de un incumplimiento normativo o deontológico, con la garantía de confidencialidad que establece la Ley 2/2023.
Puedes presentar tu comunicación de forma anónima. Nadie, tampoco el personal del canal, podrá conocer tu identidad si eliges esa opción.
Presentar una comunicación
Describe los hechos, adjunta la documentación que consideres y decide si quieres identificarte o mantenerte en el anonimato. Al finalizar recibirás un código de comunicación para seguir su tramitación.
Crear comunicaciónConsultar una comunicación
Con tu código de comunicación y la contraseña que estableciste puedes ver el estado del expediente, leer los mensajes del órgano gestor y aportar información adicional.
Acceder con mi códigoTus garantías
Confidencialidad
El contenido de tu comunicación se almacena cifrado y solo es accesible para las personas expresamente designadas para su tramitación. Todos los accesos quedan registrados.
Anonimato real
Si eliges la vía anónima no se te pide ningún dato identificativo y no se registra tu dirección IP. Podrás seguir el expediente solo con tu código y contraseña.
Sin represalias
La Ley 2/2023 prohíbe cualquier represalia contra quien comunique de buena fe, e incluye medidas de protección para el informante y su entorno.
Qué puedes comunicar
Estas son las materias que admite el canal. Si tu caso no encaja en ninguna, utiliza los cauces ordinarios de atención: te orientarán sobre la vía correcta.
- Infracción penal o administrativa
- Incumplimiento del Código Deontológico
- Protección de Datos
- Igualdad
- Protocolo de Acoso
- Quejas y reclamaciones
- Incumplimiento legal
Cómo funciona
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1
Describes los hechos
Eliges la categoría, cuentas qué ha ocurrido y adjuntas pruebas si las tienes.
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2
Guardas tu código
Se genera un código único y eliges una contraseña. Son la única forma de volver a entrar: guárdalos en un lugar seguro.
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3
Recibes acuse
El órgano gestor confirma la recepción en un plazo máximo de 7 días y puede pedirte aclaraciones por el propio canal.
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4
Se resuelve
La tramitación concluye en un plazo máximo de 3 meses, ampliable de forma justificada en casos de especial complejidad.
Este canal no sustituye a otras vías
Para quejas y reclamaciones ordinarias, consultas administrativas o trámites colegiales, utiliza los cauces habituales de atención. Puedes acudir además, en cualquier momento y de forma directa, al canal externo de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.).